Código de la asignatura | 1849 |
---|---|
Nº Créditos ECTS | 6 |
Tipo | Obligatoria |
Duración | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2024-25 |
El artículo 106 de la Constitución española de 1978 confiere a los Tribunales la función de controlar la potestad reglamentaria, la legalidad de la actividad administrativa y su sometimiento a los fines que la justifican. Esta función se realiza con sometimiento a la Ley 29/1998 reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa que estudiaremos a lo largo del desarrollo de esta asignatura.
En muchas ocasiones, antes de acudir a la vía judicial, los particulares deben recurrir con carácter previo ante la propia Administración Pública. Esta actividad es conocida como los recursos administrativos y con el transcurso del tiempo es, cada vez, más cuestionada por su ineficacia, salvo excepciones. Esta materia y la siguiente están reguladas en la conocidísima Ley 30/1992 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
Por último, en virtud del principio de autotutela, la Administración también puede revisar de oficio sus actos, procediendo a anularlos o a revocarlos sin necesidad de acudir, la mayor parte de las veces, a los jueces y magistrados de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
SEMANAS | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
---|---|---|
Semanas 1 y 2 | Unidad didáctica 1. La revisión de oficio de los actos administra- tivos 1. Introducción 2. La revisión de oficio de los actos nulos o acción de nulidad 3. La revisión de oficio de actos anulables favorables para los interesados o recurso de lesividad 4. La revocación de actos desfavorables 5. La revocación de actos favorables 6. La corrección de errores materiales y aritméticos 7. Límites a las facultades de revisión de oficio |
|
Semana 3 | Unidad didáctica 2. Los recursos administrativos 1. Recursos administrativos: principios generales 2. Actividad administrativa impugnable 3. Reglas generales de tramitación de los recursos administrativos 4. Clases de recurso 5. Procedimientos sustitutivos de los recursos administrativos: la conciliación, mediación y arbitraje |
|
Semana 4 | Unidad didáctica 3. El control jurisdiccional de los actos administrativos: naturaleza, extensión y competencias de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa 1. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa 2. Extensión 3. Órganos y competencias |
|
Semana 5 | Unidad didáctica 4. Los sujetos y el objeto del proceso contencioso-administrativo 1. Las partes 2. Objeto procesal |
|
Semanas 6, 7 y 8 | Unidad didáctica 5. El proceso contencioso-administrativo ordinario 1. Introducción: los principios jurídicos del procedimiento 2. Diligencias preliminares 3. Interposición del recurso y reclamación del expediente 4. Emplazamiento de los demandados y admisión del recurso 5. Demanda y contestación 6. Alegaciones previas 7. Prueba 8. Vista y conclusiones 9. La sentencia 10. Otros modos de terminación del procedimiento |
|
Semanas 9 y 10 | Unidad didáctica 6. El proceso contencioso-administrativo abreviado y los procedimientos especiales 1. El procedimiento abreviado 2. Los procedimientos especiales |
|
Semanas 11 y 12 | Unidad didáctica 7. Procedimientos auxiliares del proceso principal: las medidas cautelares y el procedimiento de ejecución de las sentencias 1. Introducción 2. Las medidas cautelares 3. El procedimiento de ejecución de sentencias 4. La ejecución provisional de sentencias que no son firmes 5. La extensión a terceros de los efectos de la sentencia |
|
Semana 13 y 14 | Unidad didáctica 8. Los recursos jurisdiccionales ordinarios y extraordinarios 1. Régimen general de impugnación de las resoluciones dictadas en el proceso contencioso-administrativo 2. Recursos contra providencias, autos judiciales y contra resoluciones del letrado de la Administración de Justicia 3. El recurso ordinario de apelación 4. El recurso de casación 5. Recurso de revisión |
|
Semana 15 | Repaso de la signatura y comprobación de conocimientos |
|
Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración final presencial y cierre de actas |
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
---|---|---|
Actividades de aprendizaje | 10% | |
Actividades de Ebaluación Continua (AEC) | 3 | 30% |
Controles | 4 | 10% |
Examen final | 0 | 50% |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
Código de la asignatura | 1849 |
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Nº Créditos ECTS | 6 |
Tipo | Obligatoria |
Duración | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2024-25 |
El artículo 106 de la Constitución española de 1978 confiere a los Tribunales la función de controlar la potestad reglamentaria, la legalidad de la actividad administrativa y su sometimiento a los fines que la justifican. Esta función se realiza con sometimiento a la Ley 29/1998 reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa que estudiaremos a lo largo del desarrollo de esta asignatura.
En muchas ocasiones, antes de acudir a la vía judicial, los particulares deben recurrir con carácter previo ante la propia Administración Pública. Esta actividad es conocida como los recursos administrativos y con el transcurso del tiempo es, cada vez, más cuestionada por su ineficacia, salvo excepciones. Esta materia y la siguiente están reguladas en la conocidísima Ley 30/1992 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
Por último, en virtud del principio de autotutela, la Administración también puede revisar de oficio sus actos, procediendo a anularlos o a revocarlos sin necesidad de acudir, la mayor parte de las veces, a los jueces y magistrados de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
SEMANAS | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
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Semanas 1 y 2 | Unidad didáctica 1. La revisión de oficio de los actos administra- tivos 1. Introducción 2. La revisión de oficio de los actos nulos o acción de nulidad 3. La revisión de oficio de actos anulables favorables para los interesados o recurso de lesividad 4. La revocación de actos desfavorables 5. La revocación de actos favorables 6. La corrección de errores materiales y aritméticos 7. Límites a las facultades de revisión de oficio |
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Semana 3 | Unidad didáctica 2. Los recursos administrativos 1. Recursos administrativos: principios generales 2. Actividad administrativa impugnable 3. Reglas generales de tramitación de los recursos administrativos 4. Clases de recurso 5. Procedimientos sustitutivos de los recursos administrativos: la conciliación, mediación y arbitraje |
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Semana 4 | Unidad didáctica 3. El control jurisdiccional de los actos administrativos: naturaleza, extensión y competencias de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa 1. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa 2. Extensión 3. Órganos y competencias |
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Semana 5 | Unidad didáctica 4. Los sujetos y el objeto del proceso contencioso-administrativo 1. Las partes 2. Objeto procesal |
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Semanas 6, 7 y 8 | Unidad didáctica 5. El proceso contencioso-administrativo ordinario 1. Introducción: los principios jurídicos del procedimiento 2. Diligencias preliminares 3. Interposición del recurso y reclamación del expediente 4. Emplazamiento de los demandados y admisión del recurso 5. Demanda y contestación 6. Alegaciones previas 7. Prueba 8. Vista y conclusiones 9. La sentencia 10. Otros modos de terminación del procedimiento |
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Semanas 9 y 10 | Unidad didáctica 6. El proceso contencioso-administrativo abreviado y los procedimientos especiales 1. El procedimiento abreviado 2. Los procedimientos especiales |
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Semanas 11 y 12 | Unidad didáctica 7. Procedimientos auxiliares del proceso principal: las medidas cautelares y el procedimiento de ejecución de las sentencias 1. Introducción 2. Las medidas cautelares 3. El procedimiento de ejecución de sentencias 4. La ejecución provisional de sentencias que no son firmes 5. La extensión a terceros de los efectos de la sentencia |
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Semana 13 y 14 | Unidad didáctica 8. Los recursos jurisdiccionales ordinarios y extraordinarios 1. Régimen general de impugnación de las resoluciones dictadas en el proceso contencioso-administrativo 2. Recursos contra providencias, autos judiciales y contra resoluciones del letrado de la Administración de Justicia 3. El recurso ordinario de apelación 4. El recurso de casación 5. Recurso de revisión |
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Semana 15 | Repaso de la signatura y comprobación de conocimientos |
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Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración final presencial y cierre de actas |
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
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Actividades de aprendizaje | 10% | |
Actividades de Ebaluación Continua (AEC) | 3 | 30% |
Controles | 4 | 10% |
Examen final | 0 | 50% |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
Código de la asignatura | 1849 |
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Nº Créditos ECTS | 6 |
Tipo | Obligatoria |
Duración | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2024-25 |
El artículo 106 de la Constitución española de 1978 confiere a los Tribunales la función de controlar la potestad reglamentaria, la legalidad de la actividad administrativa y su sometimiento a los fines que la justifican. Esta función se realiza con sometimiento a la Ley 29/1998 reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa que estudiaremos a lo largo del desarrollo de esta asignatura.
En muchas ocasiones, antes de acudir a la vía judicial, los particulares deben recurrir con carácter previo ante la propia Administración Pública. Esta actividad es conocida como los recursos administrativos y con el transcurso del tiempo es, cada vez, más cuestionada por su ineficacia, salvo excepciones. Esta materia y la siguiente están reguladas en la conocidísima Ley 30/1992 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
Por último, en virtud del principio de autotutela, la Administración también puede revisar de oficio sus actos, procediendo a anularlos o a revocarlos sin necesidad de acudir, la mayor parte de las veces, a los jueces y magistrados de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
SEMANAS | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
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Semanas 1 y 2 | Unidad didáctica 1. La revisión de oficio de los actos administra- tivos 1. Introducción 2. La revisión de oficio de los actos nulos o acción de nulidad 3. La revisión de oficio de actos anulables favorables para los interesados o recurso de lesividad 4. La revocación de actos desfavorables 5. La revocación de actos favorables 6. La corrección de errores materiales y aritméticos 7. Límites a las facultades de revisión de oficio |
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Semana 3 | Unidad didáctica 2. Los recursos administrativos 1. Recursos administrativos: principios generales 2. Actividad administrativa impugnable 3. Reglas generales de tramitación de los recursos administrativos 4. Clases de recurso 5. Procedimientos sustitutivos de los recursos administrativos: la conciliación, mediación y arbitraje |
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Semana 4 | Unidad didáctica 3. El control jurisdiccional de los actos administrativos: naturaleza, extensión y competencias de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa 1. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa 2. Extensión 3. Órganos y competencias |
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Semana 5 | Unidad didáctica 4. Los sujetos y el objeto del proceso contencioso-administrativo 1. Las partes 2. Objeto procesal |
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Semanas 6, 7 y 8 | Unidad didáctica 5. El proceso contencioso-administrativo ordinario 1. Introducción: los principios jurídicos del procedimiento 2. Diligencias preliminares 3. Interposición del recurso y reclamación del expediente 4. Emplazamiento de los demandados y admisión del recurso 5. Demanda y contestación 6. Alegaciones previas 7. Prueba 8. Vista y conclusiones 9. La sentencia 10. Otros modos de terminación del procedimiento |
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Semanas 9 y 10 | Unidad didáctica 6. El proceso contencioso-administrativo abreviado y los procedimientos especiales 1. El procedimiento abreviado 2. Los procedimientos especiales |
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Semanas 11 y 12 | Unidad didáctica 7. Procedimientos auxiliares del proceso principal: las medidas cautelares y el procedimiento de ejecución de las sentencias 1. Introducción 2. Las medidas cautelares 3. El procedimiento de ejecución de sentencias 4. La ejecución provisional de sentencias que no son firmes 5. La extensión a terceros de los efectos de la sentencia |
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Semana 13 y 14 | Unidad didáctica 8. Los recursos jurisdiccionales ordinarios y extraordinarios 1. Régimen general de impugnación de las resoluciones dictadas en el proceso contencioso-administrativo 2. Recursos contra providencias, autos judiciales y contra resoluciones del letrado de la Administración de Justicia 3. El recurso ordinario de apelación 4. El recurso de casación 5. Recurso de revisión |
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Semana 15 | Repaso de la signatura y comprobación de conocimientos |
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Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración final presencial y cierre de actas |
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
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Actividades de aprendizaje | 10% | |
Actividades de Ebaluación Continua (AEC) | 3 | 30% |
Controles | 4 | 10% |
Examen final | 0 | 50% |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
Código de la asignatura | 1849 |
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Nº Créditos ECTS | 6 |
Tipo | Obligatoria |
Duración | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2024-25 |
El artículo 106 de la Constitución española de 1978 confiere a los Tribunales la función de controlar la potestad reglamentaria, la legalidad de la actividad administrativa y su sometimiento a los fines que la justifican. Esta función se realiza con sometimiento a la Ley 29/1998 reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa que estudiaremos a lo largo del desarrollo de esta asignatura.
En muchas ocasiones, antes de acudir a la vía judicial, los particulares deben recurrir con carácter previo ante la propia Administración Pública. Esta actividad es conocida como los recursos administrativos y con el transcurso del tiempo es, cada vez, más cuestionada por su ineficacia, salvo excepciones. Esta materia y la siguiente están reguladas en la conocidísima Ley 30/1992 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
Por último, en virtud del principio de autotutela, la Administración también puede revisar de oficio sus actos, procediendo a anularlos o a revocarlos sin necesidad de acudir, la mayor parte de las veces, a los jueces y magistrados de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
SEMANAS | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
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Semanas 1 y 2 | Unidad didáctica 1. La revisión de oficio de los actos administra- tivos 1. Introducción 2. La revisión de oficio de los actos nulos o acción de nulidad 3. La revisión de oficio de actos anulables favorables para los interesados o recurso de lesividad 4. La revocación de actos desfavorables 5. La revocación de actos favorables 6. La corrección de errores materiales y aritméticos 7. Límites a las facultades de revisión de oficio |
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Semana 3 | Unidad didáctica 2. Los recursos administrativos 1. Recursos administrativos: principios generales 2. Actividad administrativa impugnable 3. Reglas generales de tramitación de los recursos administrativos 4. Clases de recurso 5. Procedimientos sustitutivos de los recursos administrativos: la conciliación, mediación y arbitraje |
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Semana 4 | Unidad didáctica 3. El control jurisdiccional de los actos administrativos: naturaleza, extensión y competencias de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa 1. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa 2. Extensión 3. Órganos y competencias |
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Semana 5 | Unidad didáctica 4. Los sujetos y el objeto del proceso contencioso-administrativo 1. Las partes 2. Objeto procesal |
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Semanas 6, 7 y 8 | Unidad didáctica 5. El proceso contencioso-administrativo ordinario 1. Introducción: los principios jurídicos del procedimiento 2. Diligencias preliminares 3. Interposición del recurso y reclamación del expediente 4. Emplazamiento de los demandados y admisión del recurso 5. Demanda y contestación 6. Alegaciones previas 7. Prueba 8. Vista y conclusiones 9. La sentencia 10. Otros modos de terminación del procedimiento |
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Semanas 9 y 10 | Unidad didáctica 6. El proceso contencioso-administrativo abreviado y los procedimientos especiales 1. El procedimiento abreviado 2. Los procedimientos especiales |
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Semanas 11 y 12 | Unidad didáctica 7. Procedimientos auxiliares del proceso principal: las medidas cautelares y el procedimiento de ejecución de las sentencias 1. Introducción 2. Las medidas cautelares 3. El procedimiento de ejecución de sentencias 4. La ejecución provisional de sentencias que no son firmes 5. La extensión a terceros de los efectos de la sentencia |
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Semana 13 y 14 | Unidad didáctica 8. Los recursos jurisdiccionales ordinarios y extraordinarios 1. Régimen general de impugnación de las resoluciones dictadas en el proceso contencioso-administrativo 2. Recursos contra providencias, autos judiciales y contra resoluciones del letrado de la Administración de Justicia 3. El recurso ordinario de apelación 4. El recurso de casación 5. Recurso de revisión |
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Semana 15 | Repaso de la signatura y comprobación de conocimientos |
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Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración final presencial y cierre de actas |
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
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Actividades de aprendizaje | 10% | |
Actividades de Ebaluación Continua (AEC) | 3 | 30% |
Controles | 4 | 10% |
Examen final | 0 | 50% |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
Código de la asignatura | 1849 |
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Nº Créditos ECTS | 6 |
Tipo | Obligatoria |
Duración | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2024-25 |
El artículo 106 de la Constitución española de 1978 confiere a los Tribunales la función de controlar la potestad reglamentaria, la legalidad de la actividad administrativa y su sometimiento a los fines que la justifican. Esta función se realiza con sometimiento a la Ley 29/1998 reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa que estudiaremos a lo largo del desarrollo de esta asignatura.
En muchas ocasiones, antes de acudir a la vía judicial, los particulares deben recurrir con carácter previo ante la propia Administración Pública. Esta actividad es conocida como los recursos administrativos y con el transcurso del tiempo es, cada vez, más cuestionada por su ineficacia, salvo excepciones. Esta materia y la siguiente están reguladas en la conocidísima Ley 30/1992 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
Por último, en virtud del principio de autotutela, la Administración también puede revisar de oficio sus actos, procediendo a anularlos o a revocarlos sin necesidad de acudir, la mayor parte de las veces, a los jueces y magistrados de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
SEMANAS | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
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Semanas 1 y 2 | Unidad didáctica 1. La revisión de oficio de los actos administra- tivos 1. Introducción 2. La revisión de oficio de los actos nulos o acción de nulidad 3. La revisión de oficio de actos anulables favorables para los interesados o recurso de lesividad 4. La revocación de actos desfavorables 5. La revocación de actos favorables 6. La corrección de errores materiales y aritméticos 7. Límites a las facultades de revisión de oficio |
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Semana 3 | Unidad didáctica 2. Los recursos administrativos 1. Recursos administrativos: principios generales 2. Actividad administrativa impugnable 3. Reglas generales de tramitación de los recursos administrativos 4. Clases de recurso 5. Procedimientos sustitutivos de los recursos administrativos: la conciliación, mediación y arbitraje |
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Semana 4 | Unidad didáctica 3. El control jurisdiccional de los actos administrativos: naturaleza, extensión y competencias de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa 1. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa 2. Extensión 3. Órganos y competencias |
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Semana 5 | Unidad didáctica 4. Los sujetos y el objeto del proceso contencioso-administrativo 1. Las partes 2. Objeto procesal |
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Semanas 6, 7 y 8 | Unidad didáctica 5. El proceso contencioso-administrativo ordinario 1. Introducción: los principios jurídicos del procedimiento 2. Diligencias preliminares 3. Interposición del recurso y reclamación del expediente 4. Emplazamiento de los demandados y admisión del recurso 5. Demanda y contestación 6. Alegaciones previas 7. Prueba 8. Vista y conclusiones 9. La sentencia 10. Otros modos de terminación del procedimiento |
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Semanas 9 y 10 | Unidad didáctica 6. El proceso contencioso-administrativo abreviado y los procedimientos especiales 1. El procedimiento abreviado 2. Los procedimientos especiales |
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Semanas 11 y 12 | Unidad didáctica 7. Procedimientos auxiliares del proceso principal: las medidas cautelares y el procedimiento de ejecución de las sentencias 1. Introducción 2. Las medidas cautelares 3. El procedimiento de ejecución de sentencias 4. La ejecución provisional de sentencias que no son firmes 5. La extensión a terceros de los efectos de la sentencia |
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Semana 13 y 14 | Unidad didáctica 8. Los recursos jurisdiccionales ordinarios y extraordinarios 1. Régimen general de impugnación de las resoluciones dictadas en el proceso contencioso-administrativo 2. Recursos contra providencias, autos judiciales y contra resoluciones del letrado de la Administración de Justicia 3. El recurso ordinario de apelación 4. El recurso de casación 5. Recurso de revisión |
|
Semana 15 | Repaso de la signatura y comprobación de conocimientos |
|
Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración final presencial y cierre de actas |
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
---|---|---|
Actividades de aprendizaje | 10% | |
Actividades de Ebaluación Continua (AEC) | 3 | 30% |
Controles | 4 | 10% |
Examen final | 0 | 50% |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
Código de la asignatura | 1849 |
---|---|
Nº Créditos ECTS | 6 |
Tipo | Obligatoria |
Duración | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2024-25 |
El artículo 106 de la Constitución española de 1978 confiere a los Tribunales la función de controlar la potestad reglamentaria, la legalidad de la actividad administrativa y su sometimiento a los fines que la justifican. Esta función se realiza con sometimiento a la Ley 29/1998 reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa que estudiaremos a lo largo del desarrollo de esta asignatura.
En muchas ocasiones, antes de acudir a la vía judicial, los particulares deben recurrir con carácter previo ante la propia Administración Pública. Esta actividad es conocida como los recursos administrativos y con el transcurso del tiempo es, cada vez, más cuestionada por su ineficacia, salvo excepciones. Esta materia y la siguiente están reguladas en la conocidísima Ley 30/1992 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
Por último, en virtud del principio de autotutela, la Administración también puede revisar de oficio sus actos, procediendo a anularlos o a revocarlos sin necesidad de acudir, la mayor parte de las veces, a los jueces y magistrados de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
SEMANAS | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
---|---|---|
Semanas 1 y 2 | Unidad didáctica 1. La revisión de oficio de los actos administra- tivos 1. Introducción 2. La revisión de oficio de los actos nulos o acción de nulidad 3. La revisión de oficio de actos anulables favorables para los interesados o recurso de lesividad 4. La revocación de actos desfavorables 5. La revocación de actos favorables 6. La corrección de errores materiales y aritméticos 7. Límites a las facultades de revisión de oficio |
|
Semana 3 | Unidad didáctica 2. Los recursos administrativos 1. Recursos administrativos: principios generales 2. Actividad administrativa impugnable 3. Reglas generales de tramitación de los recursos administrativos 4. Clases de recurso 5. Procedimientos sustitutivos de los recursos administrativos: la conciliación, mediación y arbitraje |
|
Semana 4 | Unidad didáctica 3. El control jurisdiccional de los actos administrativos: naturaleza, extensión y competencias de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa 1. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa 2. Extensión 3. Órganos y competencias |
|
Semana 5 | Unidad didáctica 4. Los sujetos y el objeto del proceso contencioso-administrativo 1. Las partes 2. Objeto procesal |
|
Semanas 6, 7 y 8 | Unidad didáctica 5. El proceso contencioso-administrativo ordinario 1. Introducción: los principios jurídicos del procedimiento 2. Diligencias preliminares 3. Interposición del recurso y reclamación del expediente 4. Emplazamiento de los demandados y admisión del recurso 5. Demanda y contestación 6. Alegaciones previas 7. Prueba 8. Vista y conclusiones 9. La sentencia 10. Otros modos de terminación del procedimiento |
|
Semanas 9 y 10 | Unidad didáctica 6. El proceso contencioso-administrativo abreviado y los procedimientos especiales 1. El procedimiento abreviado 2. Los procedimientos especiales |
|
Semanas 11 y 12 | Unidad didáctica 7. Procedimientos auxiliares del proceso principal: las medidas cautelares y el procedimiento de ejecución de las sentencias 1. Introducción 2. Las medidas cautelares 3. El procedimiento de ejecución de sentencias 4. La ejecución provisional de sentencias que no son firmes 5. La extensión a terceros de los efectos de la sentencia |
|
Semana 13 y 14 | Unidad didáctica 8. Los recursos jurisdiccionales ordinarios y extraordinarios 1. Régimen general de impugnación de las resoluciones dictadas en el proceso contencioso-administrativo 2. Recursos contra providencias, autos judiciales y contra resoluciones del letrado de la Administración de Justicia 3. El recurso ordinario de apelación 4. El recurso de casación 5. Recurso de revisión |
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Semana 15 | Repaso de la signatura y comprobación de conocimientos |
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Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración final presencial y cierre de actas |
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
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Actividades de aprendizaje | 10% | |
Actividades de Ebaluación Continua (AEC) | 3 | 30% |
Controles | 4 | 10% |
Examen final | 0 | 50% |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
Código de la asignatura | 1849 |
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Nº Créditos ECTS | 6 |
Tipo | Obligatoria |
Duración | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2024-25 |
El artículo 106 de la Constitución española de 1978 confiere a los Tribunales la función de controlar la potestad reglamentaria, la legalidad de la actividad administrativa y su sometimiento a los fines que la justifican. Esta función se realiza con sometimiento a la Ley 29/1998 reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa que estudiaremos a lo largo del desarrollo de esta asignatura.
En muchas ocasiones, antes de acudir a la vía judicial, los particulares deben recurrir con carácter previo ante la propia Administración Pública. Esta actividad es conocida como los recursos administrativos y con el transcurso del tiempo es, cada vez, más cuestionada por su ineficacia, salvo excepciones. Esta materia y la siguiente están reguladas en la conocidísima Ley 30/1992 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
Por último, en virtud del principio de autotutela, la Administración también puede revisar de oficio sus actos, procediendo a anularlos o a revocarlos sin necesidad de acudir, la mayor parte de las veces, a los jueces y magistrados de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
SEMANAS | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
---|---|---|
Semanas 1 y 2 | Unidad didáctica 1. La revisión de oficio de los actos administra- tivos 1. Introducción 2. La revisión de oficio de los actos nulos o acción de nulidad 3. La revisión de oficio de actos anulables favorables para los interesados o recurso de lesividad 4. La revocación de actos desfavorables 5. La revocación de actos favorables 6. La corrección de errores materiales y aritméticos 7. Límites a las facultades de revisión de oficio |
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Semana 3 | Unidad didáctica 2. Los recursos administrativos 1. Recursos administrativos: principios generales 2. Actividad administrativa impugnable 3. Reglas generales de tramitación de los recursos administrativos 4. Clases de recurso 5. Procedimientos sustitutivos de los recursos administrativos: la conciliación, mediación y arbitraje |
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Semana 4 | Unidad didáctica 3. El control jurisdiccional de los actos administrativos: naturaleza, extensión y competencias de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa 1. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa 2. Extensión 3. Órganos y competencias |
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Semana 5 | Unidad didáctica 4. Los sujetos y el objeto del proceso contencioso-administrativo 1. Las partes 2. Objeto procesal |
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Semanas 6, 7 y 8 | Unidad didáctica 5. El proceso contencioso-administrativo ordinario 1. Introducción: los principios jurídicos del procedimiento 2. Diligencias preliminares 3. Interposición del recurso y reclamación del expediente 4. Emplazamiento de los demandados y admisión del recurso 5. Demanda y contestación 6. Alegaciones previas 7. Prueba 8. Vista y conclusiones 9. La sentencia 10. Otros modos de terminación del procedimiento |
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Semanas 9 y 10 | Unidad didáctica 6. El proceso contencioso-administrativo abreviado y los procedimientos especiales 1. El procedimiento abreviado 2. Los procedimientos especiales |
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Semanas 11 y 12 | Unidad didáctica 7. Procedimientos auxiliares del proceso principal: las medidas cautelares y el procedimiento de ejecución de las sentencias 1. Introducción 2. Las medidas cautelares 3. El procedimiento de ejecución de sentencias 4. La ejecución provisional de sentencias que no son firmes 5. La extensión a terceros de los efectos de la sentencia |
|
Semana 13 y 14 | Unidad didáctica 8. Los recursos jurisdiccionales ordinarios y extraordinarios 1. Régimen general de impugnación de las resoluciones dictadas en el proceso contencioso-administrativo 2. Recursos contra providencias, autos judiciales y contra resoluciones del letrado de la Administración de Justicia 3. El recurso ordinario de apelación 4. El recurso de casación 5. Recurso de revisión |
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Semana 15 | Repaso de la signatura y comprobación de conocimientos |
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Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración final presencial y cierre de actas |
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
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Actividades de aprendizaje | 10% | |
Actividades de Ebaluación Continua (AEC) | 3 | 30% |
Controles | 4 | 10% |
Examen final | 0 | 50% |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
Código de la asignatura | 1849 |
---|---|
Nº Créditos ECTS | 6 |
Tipo | Obligatoria |
Duración | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2024-25 |
El artículo 106 de la Constitución española de 1978 confiere a los Tribunales la función de controlar la potestad reglamentaria, la legalidad de la actividad administrativa y su sometimiento a los fines que la justifican. Esta función se realiza con sometimiento a la Ley 29/1998 reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa que estudiaremos a lo largo del desarrollo de esta asignatura.
En muchas ocasiones, antes de acudir a la vía judicial, los particulares deben recurrir con carácter previo ante la propia Administración Pública. Esta actividad es conocida como los recursos administrativos y con el transcurso del tiempo es, cada vez, más cuestionada por su ineficacia, salvo excepciones. Esta materia y la siguiente están reguladas en la conocidísima Ley 30/1992 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
Por último, en virtud del principio de autotutela, la Administración también puede revisar de oficio sus actos, procediendo a anularlos o a revocarlos sin necesidad de acudir, la mayor parte de las veces, a los jueces y magistrados de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
SEMANAS | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
---|---|---|
Semanas 1 y 2 | Unidad didáctica 1. La revisión de oficio de los actos administra- tivos 1. Introducción 2. La revisión de oficio de los actos nulos o acción de nulidad 3. La revisión de oficio de actos anulables favorables para los interesados o recurso de lesividad 4. La revocación de actos desfavorables 5. La revocación de actos favorables 6. La corrección de errores materiales y aritméticos 7. Límites a las facultades de revisión de oficio |
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Semana 3 | Unidad didáctica 2. Los recursos administrativos 1. Recursos administrativos: principios generales 2. Actividad administrativa impugnable 3. Reglas generales de tramitación de los recursos administrativos 4. Clases de recurso 5. Procedimientos sustitutivos de los recursos administrativos: la conciliación, mediación y arbitraje |
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Semana 4 | Unidad didáctica 3. El control jurisdiccional de los actos administrativos: naturaleza, extensión y competencias de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa 1. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa 2. Extensión 3. Órganos y competencias |
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Semana 5 | Unidad didáctica 4. Los sujetos y el objeto del proceso contencioso-administrativo 1. Las partes 2. Objeto procesal |
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Semanas 6, 7 y 8 | Unidad didáctica 5. El proceso contencioso-administrativo ordinario 1. Introducción: los principios jurídicos del procedimiento 2. Diligencias preliminares 3. Interposición del recurso y reclamación del expediente 4. Emplazamiento de los demandados y admisión del recurso 5. Demanda y contestación 6. Alegaciones previas 7. Prueba 8. Vista y conclusiones 9. La sentencia 10. Otros modos de terminación del procedimiento |
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Semanas 9 y 10 | Unidad didáctica 6. El proceso contencioso-administrativo abreviado y los procedimientos especiales 1. El procedimiento abreviado 2. Los procedimientos especiales |
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Semanas 11 y 12 | Unidad didáctica 7. Procedimientos auxiliares del proceso principal: las medidas cautelares y el procedimiento de ejecución de las sentencias 1. Introducción 2. Las medidas cautelares 3. El procedimiento de ejecución de sentencias 4. La ejecución provisional de sentencias que no son firmes 5. La extensión a terceros de los efectos de la sentencia |
|
Semana 13 y 14 | Unidad didáctica 8. Los recursos jurisdiccionales ordinarios y extraordinarios 1. Régimen general de impugnación de las resoluciones dictadas en el proceso contencioso-administrativo 2. Recursos contra providencias, autos judiciales y contra resoluciones del letrado de la Administración de Justicia 3. El recurso ordinario de apelación 4. El recurso de casación 5. Recurso de revisión |
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Semana 15 | Repaso de la signatura y comprobación de conocimientos |
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Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración final presencial y cierre de actas |
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
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Actividades de aprendizaje | 10% | |
Actividades de Ebaluación Continua (AEC) | 3 | 30% |
Controles | 4 | 10% |
Examen final | 0 | 50% |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
Código de la asignatura | 1849 |
---|---|
Nº Créditos ECTS | 6 |
Tipo | Obligatoria |
Duración | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2024-25 |
El artículo 106 de la Constitución española de 1978 confiere a los Tribunales la función de controlar la potestad reglamentaria, la legalidad de la actividad administrativa y su sometimiento a los fines que la justifican. Esta función se realiza con sometimiento a la Ley 29/1998 reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa que estudiaremos a lo largo del desarrollo de esta asignatura.
En muchas ocasiones, antes de acudir a la vía judicial, los particulares deben recurrir con carácter previo ante la propia Administración Pública. Esta actividad es conocida como los recursos administrativos y con el transcurso del tiempo es, cada vez, más cuestionada por su ineficacia, salvo excepciones. Esta materia y la siguiente están reguladas en la conocidísima Ley 30/1992 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
Por último, en virtud del principio de autotutela, la Administración también puede revisar de oficio sus actos, procediendo a anularlos o a revocarlos sin necesidad de acudir, la mayor parte de las veces, a los jueces y magistrados de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
SEMANAS | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
---|---|---|
Semanas 1 y 2 | Unidad didáctica 1. La revisión de oficio de los actos administra- tivos 1. Introducción 2. La revisión de oficio de los actos nulos o acción de nulidad 3. La revisión de oficio de actos anulables favorables para los interesados o recurso de lesividad 4. La revocación de actos desfavorables 5. La revocación de actos favorables 6. La corrección de errores materiales y aritméticos 7. Límites a las facultades de revisión de oficio |
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Semana 3 | Unidad didáctica 2. Los recursos administrativos 1. Recursos administrativos: principios generales 2. Actividad administrativa impugnable 3. Reglas generales de tramitación de los recursos administrativos 4. Clases de recurso 5. Procedimientos sustitutivos de los recursos administrativos: la conciliación, mediación y arbitraje |
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Semana 4 | Unidad didáctica 3. El control jurisdiccional de los actos administrativos: naturaleza, extensión y competencias de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa 1. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa 2. Extensión 3. Órganos y competencias |
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Semana 5 | Unidad didáctica 4. Los sujetos y el objeto del proceso contencioso-administrativo 1. Las partes 2. Objeto procesal |
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Semanas 6, 7 y 8 | Unidad didáctica 5. El proceso contencioso-administrativo ordinario 1. Introducción: los principios jurídicos del procedimiento 2. Diligencias preliminares 3. Interposición del recurso y reclamación del expediente 4. Emplazamiento de los demandados y admisión del recurso 5. Demanda y contestación 6. Alegaciones previas 7. Prueba 8. Vista y conclusiones 9. La sentencia 10. Otros modos de terminación del procedimiento |
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Semanas 9 y 10 | Unidad didáctica 6. El proceso contencioso-administrativo abreviado y los procedimientos especiales 1. El procedimiento abreviado 2. Los procedimientos especiales |
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Semanas 11 y 12 | Unidad didáctica 7. Procedimientos auxiliares del proceso principal: las medidas cautelares y el procedimiento de ejecución de las sentencias 1. Introducción 2. Las medidas cautelares 3. El procedimiento de ejecución de sentencias 4. La ejecución provisional de sentencias que no son firmes 5. La extensión a terceros de los efectos de la sentencia |
|
Semana 13 y 14 | Unidad didáctica 8. Los recursos jurisdiccionales ordinarios y extraordinarios 1. Régimen general de impugnación de las resoluciones dictadas en el proceso contencioso-administrativo 2. Recursos contra providencias, autos judiciales y contra resoluciones del letrado de la Administración de Justicia 3. El recurso ordinario de apelación 4. El recurso de casación 5. Recurso de revisión |
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Semana 15 | Repaso de la signatura y comprobación de conocimientos |
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Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración final presencial y cierre de actas |
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
---|---|---|
Actividades de aprendizaje | 10% | |
Actividades de Ebaluación Continua (AEC) | 3 | 30% |
Controles | 4 | 10% |
Examen final | 0 | 50% |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).