Código de la asignatura | 5713 |
---|---|
Nº Créditos ECTS | 6 |
Duración modalidad 12 meses | Semestral |
Duración modalidad 18 meses | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2024-25 |
El bloque dedicado al Impuesto sobre el Patrimonio (IP), aborda el estudio del impuesto, analizando, en particular, los componentes de la base imponible y los regímenes de determinación de esta; así como la exención del valor de algunos bienes cuando concurren determinados requisitos.
El estudio del bloque destinado al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) facilitará al alumno los conocimientos suficientes para delimitar qué hecho imponible corresponde a cada una de las modalidades del tributo (sucesiones/donaciones) y realizar el cálculo de la deuda tributaria para cada una de ellas. En este apartado de la asignatura, y respecto a este impuesto, se estudia el gravamen establecido sobre los incrementos patrimoniales a título lucrativo obtenidos por personas físicas; pues los obtenidos por personas jurídicas no se someten a este tributo, ya que se gravan por el Impuesto sobre Sociedades.
Por último, el bloque destinado al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD) estudia, no un solo impuesto, sino tres modalidades impositivas diferentes (así lo han manifestado tanto la doctrina como la jurisprudencia) que, respectivamente, gravan: las transmisiones patrimoniales onerosas (TPO), las operaciones societarias (OS) y los actos jurídicos documentados (AJD). No existe homogeneidad en los hechos imponibles de cada una de estas categorías, sino uno independiente para cada una de ellas, lo que dificulta poder elaborar un concepto unitario del impuesto. Con el estudio de este bloque, el alumno adquirirá los conocimientos suficientes para delimitar qué hecho imponible es el que corresponde a cada modalidad de este impuesto y realizar el cálculo de la deuda tributaria para cada una de ellas.
Manuales de la asignatura:
Zaera Casado, A (Revisor) (2023). Impuesto sobre el Patrimonio. CEF.- Madrid.
Chaler Iranzo, R. y Zaera Casado, A. (2023). Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Comentarios y casos prácticos. (6ª edic.). CEF.- Madrid.
Alcalde Barrero, O. (2023). Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Actos Jurídicos Documentados. Comentarios y casos prácticos. (11ª edic.). CEF.-
SEMANAS (*) | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
---|---|---|
Semana 1 | Impuesto sobre el Patrimonio Antecedentes generales Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación Hecho imponible. Supuestos de exención Sujeto pasivo. Normas sobre atribución de elementos patrimoniales. Devengo del Impuesto. Base imponible. |
|
Semana 2 | Impuesto sobre el Patrimonio Valoración de elementos patrimoniales. Base liquidable y mínimo exento. Deuda tributaria Gestión del Impuesto. La obligación de declarar. |
|
Semana 3 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Antecedentes. Disposiciones generales. Base imponible y base liquidable |
|
Semana 4 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Normas especiales de valoración. Deuda tributaria. Normas de gestión |
|
Semana 5 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Obligaciones formales. Gestión del Impuesto. Régimen transitorio |
|
Semana 6 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Cuadros resúmenes. Revisión y realización Casos prácticos |
|
Semana 7 | ITP y AJD Antecedentes y normativa aplicable. Naturaleza y contenido. Ámbito de aplicación territorial. Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible por naturaleza. Hecho imponible por equiparación. Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible. Transmisiones de bienes y derechos |
|
Semana 8 | ITP y AJD Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible. Constitución de derechos reales. Préstamos. Fianzas. Pensiones. Concesiones administrativas. Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible. Operaciones inmobiliarias. Transmisiones patrimoniales onerosas. Base imponible. Sujeto pasivo. Cuota tributaria. |
|
Semana 9 | ITP y AJD Operaciones societarias. Actos jurídicos documentados. Disposiciones comunes. Exenciones, devengo y prescripción. |
|
Semana 10 | ITP y AJD La comprobación de valores. Gestión del impuesto. Especialidades del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en el País Vasco y Navarra. Casos Prácticos (Enunciados y soluciones) |
|
Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración del examen final y cierre de actas. |
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
---|---|---|
Actividades de aprendizaje | 3 | 10% |
Actividades de Ebaluación Continua (AEC) | 3 | 30% |
Controles | 3 | 10% |
Examen final | 0 | 50% |
Prueba presencial | Si | - |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
Código de la asignatura | 5713 |
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Nº Créditos ECTS | 6 |
Duración modalidad 12 meses | Semestral |
Duración modalidad 18 meses | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2024-25 |
El bloque dedicado al Impuesto sobre el Patrimonio (IP), aborda el estudio del impuesto, analizando, en particular, los componentes de la base imponible y los regímenes de determinación de esta; así como la exención del valor de algunos bienes cuando concurren determinados requisitos.
El estudio del bloque destinado al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) facilitará al alumno los conocimientos suficientes para delimitar qué hecho imponible corresponde a cada una de las modalidades del tributo (sucesiones/donaciones) y realizar el cálculo de la deuda tributaria para cada una de ellas. En este apartado de la asignatura, y respecto a este impuesto, se estudia el gravamen establecido sobre los incrementos patrimoniales a título lucrativo obtenidos por personas físicas; pues los obtenidos por personas jurídicas no se someten a este tributo, ya que se gravan por el Impuesto sobre Sociedades.
Por último, el bloque destinado al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD) estudia, no un solo impuesto, sino tres modalidades impositivas diferentes (así lo han manifestado tanto la doctrina como la jurisprudencia) que, respectivamente, gravan: las transmisiones patrimoniales onerosas (TPO), las operaciones societarias (OS) y los actos jurídicos documentados (AJD). No existe homogeneidad en los hechos imponibles de cada una de estas categorías, sino uno independiente para cada una de ellas, lo que dificulta poder elaborar un concepto unitario del impuesto. Con el estudio de este bloque, el alumno adquirirá los conocimientos suficientes para delimitar qué hecho imponible es el que corresponde a cada modalidad de este impuesto y realizar el cálculo de la deuda tributaria para cada una de ellas.
Manuales de la asignatura:
Zaera Casado, A (Revisor) (2023). Impuesto sobre el Patrimonio. CEF.- Madrid.
Chaler Iranzo, R. y Zaera Casado, A. (2023). Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Comentarios y casos prácticos. (6ª edic.). CEF.- Madrid.
Alcalde Barrero, O. (2023). Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Actos Jurídicos Documentados. Comentarios y casos prácticos. (11ª edic.). CEF.-
SEMANAS (*) | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
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Semana 1 | Impuesto sobre el Patrimonio Antecedentes generales Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación Hecho imponible. Supuestos de exención Sujeto pasivo. Normas sobre atribución de elementos patrimoniales. Devengo del Impuesto. Base imponible. |
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Semana 2 | Impuesto sobre el Patrimonio Valoración de elementos patrimoniales. Base liquidable y mínimo exento. Deuda tributaria Gestión del Impuesto. La obligación de declarar. |
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Semana 3 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Antecedentes. Disposiciones generales. Base imponible y base liquidable |
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Semana 4 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Normas especiales de valoración. Deuda tributaria. Normas de gestión |
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Semana 5 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Obligaciones formales. Gestión del Impuesto. Régimen transitorio |
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Semana 6 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Cuadros resúmenes. Revisión y realización Casos prácticos |
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Semana 7 | ITP y AJD Antecedentes y normativa aplicable. Naturaleza y contenido. Ámbito de aplicación territorial. Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible por naturaleza. Hecho imponible por equiparación. Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible. Transmisiones de bienes y derechos |
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Semana 8 | ITP y AJD Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible. Constitución de derechos reales. Préstamos. Fianzas. Pensiones. Concesiones administrativas. Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible. Operaciones inmobiliarias. Transmisiones patrimoniales onerosas. Base imponible. Sujeto pasivo. Cuota tributaria. |
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Semana 9 | ITP y AJD Operaciones societarias. Actos jurídicos documentados. Disposiciones comunes. Exenciones, devengo y prescripción. |
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Semana 10 | ITP y AJD La comprobación de valores. Gestión del impuesto. Especialidades del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en el País Vasco y Navarra. Casos Prácticos (Enunciados y soluciones) |
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Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración del examen final y cierre de actas. |
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
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Actividades de aprendizaje | 3 | 10% |
Actividades de Ebaluación Continua (AEC) | 3 | 30% |
Controles | 3 | 10% |
Examen final | 0 | 50% |
Prueba presencial | Si | - |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
Código de la asignatura | 5713 |
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Nº Créditos ECTS | 6 |
Duración modalidad 12 meses | Semestral |
Duración modalidad 18 meses | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2024-25 |
El bloque dedicado al Impuesto sobre el Patrimonio (IP), aborda el estudio del impuesto, analizando, en particular, los componentes de la base imponible y los regímenes de determinación de esta; así como la exención del valor de algunos bienes cuando concurren determinados requisitos.
El estudio del bloque destinado al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) facilitará al alumno los conocimientos suficientes para delimitar qué hecho imponible corresponde a cada una de las modalidades del tributo (sucesiones/donaciones) y realizar el cálculo de la deuda tributaria para cada una de ellas. En este apartado de la asignatura, y respecto a este impuesto, se estudia el gravamen establecido sobre los incrementos patrimoniales a título lucrativo obtenidos por personas físicas; pues los obtenidos por personas jurídicas no se someten a este tributo, ya que se gravan por el Impuesto sobre Sociedades.
Por último, el bloque destinado al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD) estudia, no un solo impuesto, sino tres modalidades impositivas diferentes (así lo han manifestado tanto la doctrina como la jurisprudencia) que, respectivamente, gravan: las transmisiones patrimoniales onerosas (TPO), las operaciones societarias (OS) y los actos jurídicos documentados (AJD). No existe homogeneidad en los hechos imponibles de cada una de estas categorías, sino uno independiente para cada una de ellas, lo que dificulta poder elaborar un concepto unitario del impuesto. Con el estudio de este bloque, el alumno adquirirá los conocimientos suficientes para delimitar qué hecho imponible es el que corresponde a cada modalidad de este impuesto y realizar el cálculo de la deuda tributaria para cada una de ellas.
Manuales de la asignatura:
Zaera Casado, A (Revisor) (2023). Impuesto sobre el Patrimonio. CEF.- Madrid.
Chaler Iranzo, R. y Zaera Casado, A. (2023). Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Comentarios y casos prácticos. (6ª edic.). CEF.- Madrid.
Alcalde Barrero, O. (2023). Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Actos Jurídicos Documentados. Comentarios y casos prácticos. (11ª edic.). CEF.-
SEMANAS (*) | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
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Semana 1 | Impuesto sobre el Patrimonio Antecedentes generales Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación Hecho imponible. Supuestos de exención Sujeto pasivo. Normas sobre atribución de elementos patrimoniales. Devengo del Impuesto. Base imponible. |
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Semana 2 | Impuesto sobre el Patrimonio Valoración de elementos patrimoniales. Base liquidable y mínimo exento. Deuda tributaria Gestión del Impuesto. La obligación de declarar. |
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Semana 3 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Antecedentes. Disposiciones generales. Base imponible y base liquidable |
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Semana 4 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Normas especiales de valoración. Deuda tributaria. Normas de gestión |
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Semana 5 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Obligaciones formales. Gestión del Impuesto. Régimen transitorio |
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Semana 6 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Cuadros resúmenes. Revisión y realización Casos prácticos |
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Semana 7 | ITP y AJD Antecedentes y normativa aplicable. Naturaleza y contenido. Ámbito de aplicación territorial. Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible por naturaleza. Hecho imponible por equiparación. Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible. Transmisiones de bienes y derechos |
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Semana 8 | ITP y AJD Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible. Constitución de derechos reales. Préstamos. Fianzas. Pensiones. Concesiones administrativas. Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible. Operaciones inmobiliarias. Transmisiones patrimoniales onerosas. Base imponible. Sujeto pasivo. Cuota tributaria. |
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Semana 9 | ITP y AJD Operaciones societarias. Actos jurídicos documentados. Disposiciones comunes. Exenciones, devengo y prescripción. |
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Semana 10 | ITP y AJD La comprobación de valores. Gestión del impuesto. Especialidades del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en el País Vasco y Navarra. Casos Prácticos (Enunciados y soluciones) |
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Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración del examen final y cierre de actas. |
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
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Actividades de aprendizaje | 3 | 10% |
Actividades de Ebaluación Continua (AEC) | 3 | 30% |
Controles | 3 | 10% |
Examen final | 0 | 50% |
Prueba presencial | Si | - |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
Código de la asignatura | 5713 |
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Nº Créditos ECTS | 6 |
Duración modalidad 12 meses | Semestral |
Duración modalidad 18 meses | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2024-25 |
El bloque dedicado al Impuesto sobre el Patrimonio (IP), aborda el estudio del impuesto, analizando, en particular, los componentes de la base imponible y los regímenes de determinación de esta; así como la exención del valor de algunos bienes cuando concurren determinados requisitos.
El estudio del bloque destinado al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) facilitará al alumno los conocimientos suficientes para delimitar qué hecho imponible corresponde a cada una de las modalidades del tributo (sucesiones/donaciones) y realizar el cálculo de la deuda tributaria para cada una de ellas. En este apartado de la asignatura, y respecto a este impuesto, se estudia el gravamen establecido sobre los incrementos patrimoniales a título lucrativo obtenidos por personas físicas; pues los obtenidos por personas jurídicas no se someten a este tributo, ya que se gravan por el Impuesto sobre Sociedades.
Por último, el bloque destinado al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD) estudia, no un solo impuesto, sino tres modalidades impositivas diferentes (así lo han manifestado tanto la doctrina como la jurisprudencia) que, respectivamente, gravan: las transmisiones patrimoniales onerosas (TPO), las operaciones societarias (OS) y los actos jurídicos documentados (AJD). No existe homogeneidad en los hechos imponibles de cada una de estas categorías, sino uno independiente para cada una de ellas, lo que dificulta poder elaborar un concepto unitario del impuesto. Con el estudio de este bloque, el alumno adquirirá los conocimientos suficientes para delimitar qué hecho imponible es el que corresponde a cada modalidad de este impuesto y realizar el cálculo de la deuda tributaria para cada una de ellas.
Manuales de la asignatura:
Zaera Casado, A (Revisor) (2023). Impuesto sobre el Patrimonio. CEF.- Madrid.
Chaler Iranzo, R. y Zaera Casado, A. (2023). Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Comentarios y casos prácticos. (6ª edic.). CEF.- Madrid.
Alcalde Barrero, O. (2023). Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Actos Jurídicos Documentados. Comentarios y casos prácticos. (11ª edic.). CEF.-
SEMANAS (*) | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
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Semana 1 | Impuesto sobre el Patrimonio Antecedentes generales Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación Hecho imponible. Supuestos de exención Sujeto pasivo. Normas sobre atribución de elementos patrimoniales. Devengo del Impuesto. Base imponible. |
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Semana 2 | Impuesto sobre el Patrimonio Valoración de elementos patrimoniales. Base liquidable y mínimo exento. Deuda tributaria Gestión del Impuesto. La obligación de declarar. |
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Semana 3 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Antecedentes. Disposiciones generales. Base imponible y base liquidable |
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Semana 4 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Normas especiales de valoración. Deuda tributaria. Normas de gestión |
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Semana 5 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Obligaciones formales. Gestión del Impuesto. Régimen transitorio |
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Semana 6 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Cuadros resúmenes. Revisión y realización Casos prácticos |
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Semana 7 | ITP y AJD Antecedentes y normativa aplicable. Naturaleza y contenido. Ámbito de aplicación territorial. Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible por naturaleza. Hecho imponible por equiparación. Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible. Transmisiones de bienes y derechos |
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Semana 8 | ITP y AJD Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible. Constitución de derechos reales. Préstamos. Fianzas. Pensiones. Concesiones administrativas. Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible. Operaciones inmobiliarias. Transmisiones patrimoniales onerosas. Base imponible. Sujeto pasivo. Cuota tributaria. |
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Semana 9 | ITP y AJD Operaciones societarias. Actos jurídicos documentados. Disposiciones comunes. Exenciones, devengo y prescripción. |
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Semana 10 | ITP y AJD La comprobación de valores. Gestión del impuesto. Especialidades del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en el País Vasco y Navarra. Casos Prácticos (Enunciados y soluciones) |
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Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración del examen final y cierre de actas. |
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
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Actividades de aprendizaje | 3 | 10% |
Actividades de Ebaluación Continua (AEC) | 3 | 30% |
Controles | 3 | 10% |
Examen final | 0 | 50% |
Prueba presencial | Si | - |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
Código de la asignatura | 5713 |
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Nº Créditos ECTS | 6 |
Duración modalidad 12 meses | Semestral |
Duración modalidad 18 meses | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2024-25 |
El bloque dedicado al Impuesto sobre el Patrimonio (IP), aborda el estudio del impuesto, analizando, en particular, los componentes de la base imponible y los regímenes de determinación de esta; así como la exención del valor de algunos bienes cuando concurren determinados requisitos.
El estudio del bloque destinado al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) facilitará al alumno los conocimientos suficientes para delimitar qué hecho imponible corresponde a cada una de las modalidades del tributo (sucesiones/donaciones) y realizar el cálculo de la deuda tributaria para cada una de ellas. En este apartado de la asignatura, y respecto a este impuesto, se estudia el gravamen establecido sobre los incrementos patrimoniales a título lucrativo obtenidos por personas físicas; pues los obtenidos por personas jurídicas no se someten a este tributo, ya que se gravan por el Impuesto sobre Sociedades.
Por último, el bloque destinado al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD) estudia, no un solo impuesto, sino tres modalidades impositivas diferentes (así lo han manifestado tanto la doctrina como la jurisprudencia) que, respectivamente, gravan: las transmisiones patrimoniales onerosas (TPO), las operaciones societarias (OS) y los actos jurídicos documentados (AJD). No existe homogeneidad en los hechos imponibles de cada una de estas categorías, sino uno independiente para cada una de ellas, lo que dificulta poder elaborar un concepto unitario del impuesto. Con el estudio de este bloque, el alumno adquirirá los conocimientos suficientes para delimitar qué hecho imponible es el que corresponde a cada modalidad de este impuesto y realizar el cálculo de la deuda tributaria para cada una de ellas.
Manuales de la asignatura:
Zaera Casado, A (Revisor) (2023). Impuesto sobre el Patrimonio. CEF.- Madrid.
Chaler Iranzo, R. y Zaera Casado, A. (2023). Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Comentarios y casos prácticos. (6ª edic.). CEF.- Madrid.
Alcalde Barrero, O. (2023). Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Actos Jurídicos Documentados. Comentarios y casos prácticos. (11ª edic.). CEF.-
SEMANAS (*) | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
---|---|---|
Semana 1 | Impuesto sobre el Patrimonio Antecedentes generales Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación Hecho imponible. Supuestos de exención Sujeto pasivo. Normas sobre atribución de elementos patrimoniales. Devengo del Impuesto. Base imponible. |
|
Semana 2 | Impuesto sobre el Patrimonio Valoración de elementos patrimoniales. Base liquidable y mínimo exento. Deuda tributaria Gestión del Impuesto. La obligación de declarar. |
|
Semana 3 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Antecedentes. Disposiciones generales. Base imponible y base liquidable |
|
Semana 4 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Normas especiales de valoración. Deuda tributaria. Normas de gestión |
|
Semana 5 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Obligaciones formales. Gestión del Impuesto. Régimen transitorio |
|
Semana 6 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Cuadros resúmenes. Revisión y realización Casos prácticos |
|
Semana 7 | ITP y AJD Antecedentes y normativa aplicable. Naturaleza y contenido. Ámbito de aplicación territorial. Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible por naturaleza. Hecho imponible por equiparación. Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible. Transmisiones de bienes y derechos |
|
Semana 8 | ITP y AJD Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible. Constitución de derechos reales. Préstamos. Fianzas. Pensiones. Concesiones administrativas. Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible. Operaciones inmobiliarias. Transmisiones patrimoniales onerosas. Base imponible. Sujeto pasivo. Cuota tributaria. |
|
Semana 9 | ITP y AJD Operaciones societarias. Actos jurídicos documentados. Disposiciones comunes. Exenciones, devengo y prescripción. |
|
Semana 10 | ITP y AJD La comprobación de valores. Gestión del impuesto. Especialidades del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en el País Vasco y Navarra. Casos Prácticos (Enunciados y soluciones) |
|
Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración del examen final y cierre de actas. |
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
---|---|---|
Actividades de aprendizaje | 3 | 10% |
Actividades de Ebaluación Continua (AEC) | 3 | 30% |
Controles | 3 | 10% |
Examen final | 0 | 50% |
Prueba presencial | Si | - |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
Código de la asignatura | 5713 |
---|---|
Nº Créditos ECTS | 6 |
Duración modalidad 12 meses | Semestral |
Duración modalidad 18 meses | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2024-25 |
El bloque dedicado al Impuesto sobre el Patrimonio (IP), aborda el estudio del impuesto, analizando, en particular, los componentes de la base imponible y los regímenes de determinación de esta; así como la exención del valor de algunos bienes cuando concurren determinados requisitos.
El estudio del bloque destinado al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) facilitará al alumno los conocimientos suficientes para delimitar qué hecho imponible corresponde a cada una de las modalidades del tributo (sucesiones/donaciones) y realizar el cálculo de la deuda tributaria para cada una de ellas. En este apartado de la asignatura, y respecto a este impuesto, se estudia el gravamen establecido sobre los incrementos patrimoniales a título lucrativo obtenidos por personas físicas; pues los obtenidos por personas jurídicas no se someten a este tributo, ya que se gravan por el Impuesto sobre Sociedades.
Por último, el bloque destinado al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD) estudia, no un solo impuesto, sino tres modalidades impositivas diferentes (así lo han manifestado tanto la doctrina como la jurisprudencia) que, respectivamente, gravan: las transmisiones patrimoniales onerosas (TPO), las operaciones societarias (OS) y los actos jurídicos documentados (AJD). No existe homogeneidad en los hechos imponibles de cada una de estas categorías, sino uno independiente para cada una de ellas, lo que dificulta poder elaborar un concepto unitario del impuesto. Con el estudio de este bloque, el alumno adquirirá los conocimientos suficientes para delimitar qué hecho imponible es el que corresponde a cada modalidad de este impuesto y realizar el cálculo de la deuda tributaria para cada una de ellas.
Manuales de la asignatura:
Zaera Casado, A (Revisor) (2023). Impuesto sobre el Patrimonio. CEF.- Madrid.
Chaler Iranzo, R. y Zaera Casado, A. (2023). Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Comentarios y casos prácticos. (6ª edic.). CEF.- Madrid.
Alcalde Barrero, O. (2023). Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Actos Jurídicos Documentados. Comentarios y casos prácticos. (11ª edic.). CEF.-
SEMANAS (*) | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
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Semana 1 | Impuesto sobre el Patrimonio Antecedentes generales Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación Hecho imponible. Supuestos de exención Sujeto pasivo. Normas sobre atribución de elementos patrimoniales. Devengo del Impuesto. Base imponible. |
|
Semana 2 | Impuesto sobre el Patrimonio Valoración de elementos patrimoniales. Base liquidable y mínimo exento. Deuda tributaria Gestión del Impuesto. La obligación de declarar. |
|
Semana 3 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Antecedentes. Disposiciones generales. Base imponible y base liquidable |
|
Semana 4 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Normas especiales de valoración. Deuda tributaria. Normas de gestión |
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Semana 5 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Obligaciones formales. Gestión del Impuesto. Régimen transitorio |
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Semana 6 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Cuadros resúmenes. Revisión y realización Casos prácticos |
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Semana 7 | ITP y AJD Antecedentes y normativa aplicable. Naturaleza y contenido. Ámbito de aplicación territorial. Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible por naturaleza. Hecho imponible por equiparación. Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible. Transmisiones de bienes y derechos |
|
Semana 8 | ITP y AJD Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible. Constitución de derechos reales. Préstamos. Fianzas. Pensiones. Concesiones administrativas. Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible. Operaciones inmobiliarias. Transmisiones patrimoniales onerosas. Base imponible. Sujeto pasivo. Cuota tributaria. |
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Semana 9 | ITP y AJD Operaciones societarias. Actos jurídicos documentados. Disposiciones comunes. Exenciones, devengo y prescripción. |
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Semana 10 | ITP y AJD La comprobación de valores. Gestión del impuesto. Especialidades del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en el País Vasco y Navarra. Casos Prácticos (Enunciados y soluciones) |
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Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración del examen final y cierre de actas. |
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
---|---|---|
Actividades de aprendizaje | 3 | 10% |
Actividades de Ebaluación Continua (AEC) | 3 | 30% |
Controles | 3 | 10% |
Examen final | 0 | 50% |
Prueba presencial | Si | - |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
Código de la asignatura | 5713 |
---|---|
Nº Créditos ECTS | 6 |
Duración modalidad 12 meses | Semestral |
Duración modalidad 18 meses | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2024-25 |
El bloque dedicado al Impuesto sobre el Patrimonio (IP), aborda el estudio del impuesto, analizando, en particular, los componentes de la base imponible y los regímenes de determinación de esta; así como la exención del valor de algunos bienes cuando concurren determinados requisitos.
El estudio del bloque destinado al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) facilitará al alumno los conocimientos suficientes para delimitar qué hecho imponible corresponde a cada una de las modalidades del tributo (sucesiones/donaciones) y realizar el cálculo de la deuda tributaria para cada una de ellas. En este apartado de la asignatura, y respecto a este impuesto, se estudia el gravamen establecido sobre los incrementos patrimoniales a título lucrativo obtenidos por personas físicas; pues los obtenidos por personas jurídicas no se someten a este tributo, ya que se gravan por el Impuesto sobre Sociedades.
Por último, el bloque destinado al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD) estudia, no un solo impuesto, sino tres modalidades impositivas diferentes (así lo han manifestado tanto la doctrina como la jurisprudencia) que, respectivamente, gravan: las transmisiones patrimoniales onerosas (TPO), las operaciones societarias (OS) y los actos jurídicos documentados (AJD). No existe homogeneidad en los hechos imponibles de cada una de estas categorías, sino uno independiente para cada una de ellas, lo que dificulta poder elaborar un concepto unitario del impuesto. Con el estudio de este bloque, el alumno adquirirá los conocimientos suficientes para delimitar qué hecho imponible es el que corresponde a cada modalidad de este impuesto y realizar el cálculo de la deuda tributaria para cada una de ellas.
Manuales de la asignatura:
Zaera Casado, A (Revisor) (2023). Impuesto sobre el Patrimonio. CEF.- Madrid.
Chaler Iranzo, R. y Zaera Casado, A. (2023). Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Comentarios y casos prácticos. (6ª edic.). CEF.- Madrid.
Alcalde Barrero, O. (2023). Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Actos Jurídicos Documentados. Comentarios y casos prácticos. (11ª edic.). CEF.-
SEMANAS (*) | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
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Semana 1 | Impuesto sobre el Patrimonio Antecedentes generales Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación Hecho imponible. Supuestos de exención Sujeto pasivo. Normas sobre atribución de elementos patrimoniales. Devengo del Impuesto. Base imponible. |
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Semana 2 | Impuesto sobre el Patrimonio Valoración de elementos patrimoniales. Base liquidable y mínimo exento. Deuda tributaria Gestión del Impuesto. La obligación de declarar. |
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Semana 3 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Antecedentes. Disposiciones generales. Base imponible y base liquidable |
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Semana 4 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Normas especiales de valoración. Deuda tributaria. Normas de gestión |
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Semana 5 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Obligaciones formales. Gestión del Impuesto. Régimen transitorio |
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Semana 6 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Cuadros resúmenes. Revisión y realización Casos prácticos |
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Semana 7 | ITP y AJD Antecedentes y normativa aplicable. Naturaleza y contenido. Ámbito de aplicación territorial. Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible por naturaleza. Hecho imponible por equiparación. Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible. Transmisiones de bienes y derechos |
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Semana 8 | ITP y AJD Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible. Constitución de derechos reales. Préstamos. Fianzas. Pensiones. Concesiones administrativas. Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible. Operaciones inmobiliarias. Transmisiones patrimoniales onerosas. Base imponible. Sujeto pasivo. Cuota tributaria. |
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Semana 9 | ITP y AJD Operaciones societarias. Actos jurídicos documentados. Disposiciones comunes. Exenciones, devengo y prescripción. |
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Semana 10 | ITP y AJD La comprobación de valores. Gestión del impuesto. Especialidades del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en el País Vasco y Navarra. Casos Prácticos (Enunciados y soluciones) |
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Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración del examen final y cierre de actas. |
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
---|---|---|
Actividades de aprendizaje | 3 | 10% |
Actividades de Ebaluación Continua (AEC) | 3 | 30% |
Controles | 3 | 10% |
Examen final | 0 | 50% |
Prueba presencial | Si | - |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
Código de la asignatura | 5713 |
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Nº Créditos ECTS | 6 |
Duración modalidad 12 meses | Semestral |
Duración modalidad 18 meses | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2024-25 |
El bloque dedicado al Impuesto sobre el Patrimonio (IP), aborda el estudio del impuesto, analizando, en particular, los componentes de la base imponible y los regímenes de determinación de esta; así como la exención del valor de algunos bienes cuando concurren determinados requisitos.
El estudio del bloque destinado al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) facilitará al alumno los conocimientos suficientes para delimitar qué hecho imponible corresponde a cada una de las modalidades del tributo (sucesiones/donaciones) y realizar el cálculo de la deuda tributaria para cada una de ellas. En este apartado de la asignatura, y respecto a este impuesto, se estudia el gravamen establecido sobre los incrementos patrimoniales a título lucrativo obtenidos por personas físicas; pues los obtenidos por personas jurídicas no se someten a este tributo, ya que se gravan por el Impuesto sobre Sociedades.
Por último, el bloque destinado al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD) estudia, no un solo impuesto, sino tres modalidades impositivas diferentes (así lo han manifestado tanto la doctrina como la jurisprudencia) que, respectivamente, gravan: las transmisiones patrimoniales onerosas (TPO), las operaciones societarias (OS) y los actos jurídicos documentados (AJD). No existe homogeneidad en los hechos imponibles de cada una de estas categorías, sino uno independiente para cada una de ellas, lo que dificulta poder elaborar un concepto unitario del impuesto. Con el estudio de este bloque, el alumno adquirirá los conocimientos suficientes para delimitar qué hecho imponible es el que corresponde a cada modalidad de este impuesto y realizar el cálculo de la deuda tributaria para cada una de ellas.
Manuales de la asignatura:
Zaera Casado, A (Revisor) (2023). Impuesto sobre el Patrimonio. CEF.- Madrid.
Chaler Iranzo, R. y Zaera Casado, A. (2023). Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Comentarios y casos prácticos. (6ª edic.). CEF.- Madrid.
Alcalde Barrero, O. (2023). Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Actos Jurídicos Documentados. Comentarios y casos prácticos. (11ª edic.). CEF.-
SEMANAS (*) | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
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Semana 1 | Impuesto sobre el Patrimonio Antecedentes generales Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación Hecho imponible. Supuestos de exención Sujeto pasivo. Normas sobre atribución de elementos patrimoniales. Devengo del Impuesto. Base imponible. |
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Semana 2 | Impuesto sobre el Patrimonio Valoración de elementos patrimoniales. Base liquidable y mínimo exento. Deuda tributaria Gestión del Impuesto. La obligación de declarar. |
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Semana 3 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Antecedentes. Disposiciones generales. Base imponible y base liquidable |
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Semana 4 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Normas especiales de valoración. Deuda tributaria. Normas de gestión |
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Semana 5 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Obligaciones formales. Gestión del Impuesto. Régimen transitorio |
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Semana 6 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Cuadros resúmenes. Revisión y realización Casos prácticos |
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Semana 7 | ITP y AJD Antecedentes y normativa aplicable. Naturaleza y contenido. Ámbito de aplicación territorial. Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible por naturaleza. Hecho imponible por equiparación. Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible. Transmisiones de bienes y derechos |
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Semana 8 | ITP y AJD Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible. Constitución de derechos reales. Préstamos. Fianzas. Pensiones. Concesiones administrativas. Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible. Operaciones inmobiliarias. Transmisiones patrimoniales onerosas. Base imponible. Sujeto pasivo. Cuota tributaria. |
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Semana 9 | ITP y AJD Operaciones societarias. Actos jurídicos documentados. Disposiciones comunes. Exenciones, devengo y prescripción. |
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Semana 10 | ITP y AJD La comprobación de valores. Gestión del impuesto. Especialidades del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en el País Vasco y Navarra. Casos Prácticos (Enunciados y soluciones) |
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Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración del examen final y cierre de actas. |
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
---|---|---|
Actividades de aprendizaje | 3 | 10% |
Actividades de Ebaluación Continua (AEC) | 3 | 30% |
Controles | 3 | 10% |
Examen final | 0 | 50% |
Prueba presencial | Si | - |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).
Código de la asignatura | 5713 |
---|---|
Nº Créditos ECTS | 6 |
Duración modalidad 12 meses | Semestral |
Duración modalidad 18 meses | Semestral |
Idiomas | Castellano |
Planes de estudio | |
Profesor(es) | |
Año académico | 2024-25 |
El bloque dedicado al Impuesto sobre el Patrimonio (IP), aborda el estudio del impuesto, analizando, en particular, los componentes de la base imponible y los regímenes de determinación de esta; así como la exención del valor de algunos bienes cuando concurren determinados requisitos.
El estudio del bloque destinado al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) facilitará al alumno los conocimientos suficientes para delimitar qué hecho imponible corresponde a cada una de las modalidades del tributo (sucesiones/donaciones) y realizar el cálculo de la deuda tributaria para cada una de ellas. En este apartado de la asignatura, y respecto a este impuesto, se estudia el gravamen establecido sobre los incrementos patrimoniales a título lucrativo obtenidos por personas físicas; pues los obtenidos por personas jurídicas no se someten a este tributo, ya que se gravan por el Impuesto sobre Sociedades.
Por último, el bloque destinado al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD) estudia, no un solo impuesto, sino tres modalidades impositivas diferentes (así lo han manifestado tanto la doctrina como la jurisprudencia) que, respectivamente, gravan: las transmisiones patrimoniales onerosas (TPO), las operaciones societarias (OS) y los actos jurídicos documentados (AJD). No existe homogeneidad en los hechos imponibles de cada una de estas categorías, sino uno independiente para cada una de ellas, lo que dificulta poder elaborar un concepto unitario del impuesto. Con el estudio de este bloque, el alumno adquirirá los conocimientos suficientes para delimitar qué hecho imponible es el que corresponde a cada modalidad de este impuesto y realizar el cálculo de la deuda tributaria para cada una de ellas.
Manuales de la asignatura:
Zaera Casado, A (Revisor) (2023). Impuesto sobre el Patrimonio. CEF.- Madrid.
Chaler Iranzo, R. y Zaera Casado, A. (2023). Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Comentarios y casos prácticos. (6ª edic.). CEF.- Madrid.
Alcalde Barrero, O. (2023). Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Actos Jurídicos Documentados. Comentarios y casos prácticos. (11ª edic.). CEF.-
SEMANAS (*) | UNIDADES DIDÁCTICAS | ACTIVIDADES DIDÁCTICAS |
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Semana 1 | Impuesto sobre el Patrimonio Antecedentes generales Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación Hecho imponible. Supuestos de exención Sujeto pasivo. Normas sobre atribución de elementos patrimoniales. Devengo del Impuesto. Base imponible. |
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Semana 2 | Impuesto sobre el Patrimonio Valoración de elementos patrimoniales. Base liquidable y mínimo exento. Deuda tributaria Gestión del Impuesto. La obligación de declarar. |
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Semana 3 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Antecedentes. Disposiciones generales. Base imponible y base liquidable |
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Semana 4 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Normas especiales de valoración. Deuda tributaria. Normas de gestión |
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Semana 5 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones Obligaciones formales. Gestión del Impuesto. Régimen transitorio |
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Semana 6 | Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Cuadros resúmenes. Revisión y realización Casos prácticos |
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Semana 7 | ITP y AJD Antecedentes y normativa aplicable. Naturaleza y contenido. Ámbito de aplicación territorial. Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible por naturaleza. Hecho imponible por equiparación. Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible. Transmisiones de bienes y derechos |
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Semana 8 | ITP y AJD Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible. Constitución de derechos reales. Préstamos. Fianzas. Pensiones. Concesiones administrativas. Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible. Operaciones inmobiliarias. Transmisiones patrimoniales onerosas. Base imponible. Sujeto pasivo. Cuota tributaria. |
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Semana 9 | ITP y AJD Operaciones societarias. Actos jurídicos documentados. Disposiciones comunes. Exenciones, devengo y prescripción. |
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Semana 10 | ITP y AJD La comprobación de valores. Gestión del impuesto. Especialidades del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en el País Vasco y Navarra. Casos Prácticos (Enunciados y soluciones) |
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Resto de semanas hasta finalización del semestre | Estudio y preparación para el examen final, celebración del examen final y cierre de actas. |
Tipo de actividad | Actividades planificadas | Peso clasificación |
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Actividades de aprendizaje | 3 | 10% |
Actividades de Ebaluación Continua (AEC) | 3 | 30% |
Controles | 3 | 10% |
Examen final | 0 | 50% |
Prueba presencial | Si | - |
Total | 100% |
Para aprobar la asignatura, es necesario obtener una calificación mínima de 5 en el examen final presencial, así como en la calificación total del curso, una vez realizado el cómputo ponderado de las calificaciones obtenidas en las actividades didácticas y en el examen final presencial.
Si un estudiante no aprueba la asignatura en la convocatoria ordinaria podrá examinarse en la convocatoria de septiembre.
Las fechas previstas para la realización de todas las actividades se indican en el aula virtual de la asignatura.
Según la Real Academia Española, “plagiar” significa copiar en lo sustancial obras ajenas dándolas como propias. Dicho de otro modo, plagiar implica expresar las ideas de otra persona como si fuesen propias, sin citar la autoría de las mismas. Igualmente, la apropiación de contenido puede ser debida a una inclusión excesiva de información procedente de una misma fuente, pese a que esta haya sido citada adecuadamente. Teniendo en cuenta lo anterior, el estudiante deberá desarrollar sus conocimientos con sus propias palabras y expresiones. En ningún caso se aceptarán copias literales de párrafos, imágenes, gráficos, tablas, etc. de los materiales consultados. En caso de ser necesaria su reproducción, esta deberá contemplar las normas adecuadas para la citación académica.
Los documentos que sean presentados en las actividades académicas podrán ser sometidos a diferentes mecanismos de comprobación de la originalidad (herramientas antiplagios que detectan coincidencias de texto con otras fuentes, comparación con trabajos de otros estudiantes, comparación con información publicada en Internet, etc). El profesor valorará si el trabajo presentado cuenta con los criterios de originalidad exigidos o, en su caso, se atribuye adecuadamente la información no propia a las fuentes correspondientes. La adjudicación como propia de información que corresponde a otros autores podrá suponer el suspenso de la actividad.
Los documentos presentados en las actividades académicas podrán ser almacenados en formato papel o electrónico y servir de comparación con otros trabajos de terceros, a fin de proteger la originalidad de la fuente y evitar la apropiación indebida de todo o parte del trabajo del estudiante. Por tanto, podrán ser utilizados y almacenados por la universidad, a través del sistema que estime, con el único fin de servir como fuente de comparación de cualquier otro trabajo que se presente.
El sistema de calificación de todas las actividades didácticas es numérico del 0 a 10 con expresión de un decimal, al que se añade su correspondiente calificación cualitativa:
0 - 4.9: Suspenso (SU) 5.0 - 6.9: Aprobado (AP) 7.0 - 8.9: Notable (NT) 9.0 - 10: Sobresaliente (SB)
(RD 1125/2003, de 5 de septiembre, por lo que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional).